El 1 de enero de 2024 ha entrado en vigor la nueva Ley de Mecenazgo, cuya reforma conlleva una serie de cambios que afectan a las fundaciones y entidades no lucrativas e introduce cambios significativos en la ley 49/2002.
El cambio más significativo en la nueva Ley de Mecenazgo aumenta los incentivos fiscales de aquellas personas físicas o jurídicas que realizan una o varias donaciones a entidades sin fin lucrativo como Aprodimax.
A partir de este 2024, existen deducciones fiscales por donativos a ONG que pueden ir del 40% al 80% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). De los primeros 250€ donados, se deducen 200€. Estos son los porcentajes de deducción actualizados tras la entrada en vigor el 1 de enero de 2024 de la nueva Ley.
En el caso de las personas físicas, se deducirán en el IRPF el 80% de las donaciones que realicen hasta los 250 euros (antes el límite estaba en 150 euros). En cuanto al resto, una vez superados los 250€, tendrá una deducción del 40% (en lugar del 35% anterior) o de 45% si el mecenazgo es sostenido en el tiempo con donaciones similares o superiores a la misma entidad durante tres ejercicios seguidos.
Para las empresas (personas jurídicas), *el porcentaje de deducción por donativos a ONG en cuota en el Impuesto sobre Sociedades (IS) es del 40% *(con el límite del 15% de la base imponible). Este porcentaje subirá al 50% si se han mantenido los donativos a la misma entidad a lo largo de tres ejercicios.
A partir de 2024, se amplía el concepto de donativos incluyendo donaciones de servicios. Esto incluye asesorías, espacios publicitarios, rehabilitación de bienes culturales, y cesiones de uso de inmuebles con el fin de actualizar la ley de manera equipare la definición de mecenazgo con otras leyes europeas que van más allá del concepto de transacción económica.
Por otro lado, se introduce el “mecenazgo de reconocimiento o recompensa”. Esto significa que los/as donantes pueden desgravar la cantidad aportada aunque reciban beneficios simbólicos como contraprestación de bienes o servicios siempre y cuando estos no superen el 15% del valor de la donación y con un máximo de 25.000 euros.
La reforma de la Ley de Mecenazgo fortalece la exención automática de impuestos locales para bienes de entidades sin ánimo de lucro, facilitando su labor y contribuyendo a su desarrollo. Gracias a la financiación privada que procuran socios y socias, empresas y otro tipo de entidades colaboradoras, las entidades sociales podemos seguir desarrollando nuestra labor vital conforme a nuestra misión, visión y valores , garantizando la viabilidad de nuestros servicios y contribuyendo así al desarrollo de una sociedad justa y equitativa.