Donaciones

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Al estar sujetos a la Ley 49/2002, sus donativos tendrán las siguientes deducciones fiscales:

  • Para personas físicas (IRPF):
    • 80% para donaciones hasta 250 €
    • 40-45% para donaciones a partir de 250 €
    • Deducción en cuota íntegra. Límite 10% base liquidable.
  • Para personas jurídicas (IS):
    • 40-50% del importe de la donación
    • Deducción en cuota íntegra. Límite 15% base imposible.

Para más información contacta con nosotros-as.

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